El software como derecho de autor.

Es bien sabido que el derecho de autor busca proteger diferentes formas de arte, las que son tradicionalmente conocidas como “bellas artes”, las derivadas de estas y, las nuevas formas de arte que van surgiendo con el tiempo.

Sin embargo, nos encontramos que la mayoría de las legislaciones protege el software dentro de esta categoría, como si se tratase de un arte. Y aunque el software, duda alguna, es una producción intelectual, muchos piensan que sería más lógico protegerla dentro del ámbito de la propiedad industrial, pues a todas luces, no todo el software es arte.
Más los doctrinarios lo clasifican como derecho de autor, incluso los Estados lo protegen, dentro de este ámbito, con las mismas cualidades que la literatura, cual se tratare de un escrito.

Los elementos para eta clasificación son interesantes: el software, para su programación, requiere de un lenguaje determinado, de una sintaxis específica e incluso de una muy especial “ortografía”. Aquellos elementos hacen que el mismo se clasifique como literatura, pues se “escribe” y aunque el resultado es muy diferente al de un libro, revista o un pequeño artículo en un blog, la doctrina o ha clasificado de ese modo.
Personalmente me parece una protección absurda puesto que sus creadores no se consideran artistas o autores, sus obras no pueden considerarse obras de arte (¿o power point lo es?), sino meras herramientas, la doctrina, por tanto, comete un error al clasificarlo dentro del derecho de autor y no dentro de la propiedad industrial, con la cual comparte más y mejores concordancias.

1 comentarios:

{ Unknown } at: 30 de julio de 2011, 23:22 dijo...

Durante más de una vida (si, estoy exagerando), he intentado definir la naturaleza del arte. Me sorprende la facilidad, casi displicencia diría, con la que usted lo hizo. ¿Es acaso power point producto de un programador?. Creo que en ese sentido se encuentra usted equivocado. Y me imagino que no puede entender la belleza de la recursividad en lenguajes de bajo nivel, la funcionalidad en llamadas a variables fuera de entornos privados computacionales, y muchas otras "herramientas" a las que situo equivalencia con el pincel para un pintor, o el lapiz para un escritor.
Si no lo siente, no lo entiende. La ley hace bien al proteger aquellos autores de software. Perdón, artistas de software, mejor dicho. ¿No se da cuenta? Es L'art de gouverner. (1881)

Admiraba su trabajo hasta esta publicación. Dejaré de seguir su blog como muestra de mi humilde opinión.

Saludos

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